Constituye tu empresa en España
Nos encargamos de todos los trámites para que puedas empezar tu negocio sin complicaciones.
Crear mi empresaElige la forma jurídica adecuada
SL (Sociedad Limitada)
SA (Sociedad Anónima)
Sucursal
Filial
De la idea a la empresa operativa
- 1 Consulta inicial
- 2 Preparación de documentos
- 3 Constitución de la empresa
- 4 Empresa operativa
¿Qué incluye?
- Constitución de la empresa
- Obtención del CIF
- Registro Mercantil
- Apertura de cuenta bancaria
- Asesoramiento fiscal y contable
- Gestoría y trámites
- Alta en la Seguridad Social
- Licencias y permisos
Cómo se crea una empresa en España, paso a paso
Autónomo, SL, SA, sucursal o filial: cómo se decide
La forma jurídica no es un trámite administrativo, es una decisión con consecuencias fiscales y de responsabilidad durante años. Darse de alta como autónomo es rápido y barato, pero respondes con tu patrimonio personal. Una sociedad limitada separa tu patrimonio del de la empresa, es la fórmula habitual para la pequeña y mediana empresa y facilita dar entrada a socios o vender el negocio más adelante.
La sociedad anónima tiene sentido cuando se prevén muchos accionistas o una salida a mercados de capital. Y si ya existe una empresa fuera de España, la elección real está entre abrir una sucursal —sin personalidad jurídica propia, la matriz responde— o constituir una filial, que es una sociedad española independiente participada por la matriz. Antes de escriturar nada repasamos contigo cuál encaja con tu plan a tres años, no solo con el arranque.
Qué necesitas si no resides en España
Un no residente puede ser socio y administrador de una sociedad española sin problema, pero necesita algunos requisitos previos que suelen pillar por sorpresa y que conviene resolver antes de nada.
- NIE o NIF de extranjero para cada socio y administrador, sea persona física o jurídica
- Certificado de denominación social del Registro Mercantil Central, con varias opciones de nombre
- Apertura de cuenta bancaria y depósito del capital social, con el certificado del banco
- Poder notarial apostillado si no vas a poder firmar la escritura presencialmente
- Documentación de la matriz legalizada y traducida, cuando la socia es una sociedad extranjera
De la escritura al Registro Mercantil
Una empresa de nueva constitución no existe legalmente hasta que la escritura pública se inscribe en el Registro Mercantil de la provincia. Entre la firma ante notario y esa inscripción hay un periodo en el que la sociedad está en formación: se le asigna un NIF provisional con el que ya puede operar en algunos trámites, pero no en todos.
Nosotros llevamos el circuito completo: certificado de denominación, redacción de estatutos, cita de notaría, liquidación de impuestos, inscripción registral, NIF definitivo, alta en el censo de empresarios, declaración de actividad y alta de los administradores en la Seguridad Social cuando procede. Tú firmas; del resto nos ocupamos nosotros.
Desde Barcelona, para toda España
Tenemos la sede en Barcelona y una parte importante de nuestro trabajo son sociedades que se constituyen en Cataluña, pero el procedimiento es estatal: los mismos trámites sirven para inscribir una empresa en el Registro Mercantil de Barcelona, de Madrid, de Málaga o de cualquier otra provincia. La diferencia está en el registro competente y en algunas licencias municipales.
Trabajamos con clientes de toda España y con empresarios que ni siquiera viven aquí. Las gestiones que exigen presencia física —notaría, banco— se resuelven con poder notarial o desplazándonos, y el resto se hace por vía telemática.
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Preguntas sobre crear una empresa en España
¿Qué capital mínimo hace falta para constituir una SL?
La normativa española permite constituir una sociedad limitada con un capital social muy reducido, aunque durante los primeros ejercicios se aplican obligaciones de reserva hasta alcanzar los 3.000 euros. En la práctica recomendamos partir de un capital coherente con la actividad: un capital simbólico puede complicar la apertura de cuenta bancaria, la contratación con grandes clientes o el acceso a financiación.
¿Cuánto se tarda en tener la empresa operativa?
Con toda la documentación en regla y los NIE ya obtenidos, el circuito hasta la firma en notaría suele resolverse en pocos días, y la inscripción en el Registro Mercantil añade unas semanas más. Los cuellos de botella reales casi nunca son la notaría: son el NIE de los socios no residentes, la apertura de la cuenta bancaria y la legalización de documentos extranjeros.
¿Puedo crear una empresa en España sin ser residente?
Sí. Ni la nacionalidad ni la residencia impiden ser socio o administrador de una sociedad española. Lo que sí necesitas es NIE o NIF de extranjero y, si no puedes venir a firmar, un poder notarial apostillado. Constituir la sociedad no te da por sí solo derecho a residir en España: eso es un procedimiento distinto que trabajamos desde nuestro servicio de visados y residencia.
¿Qué es exactamente una empresa de nueva constitución?
Es la sociedad creada desde cero, con su escritura pública recién otorgada e inscrita en el Registro Mercantil, frente a la alternativa de comprar una sociedad ya existente. Constituir de nuevo te da una empresa sin historia ni pasivos ocultos, pero también sin antigüedad, sin histórico de crédito y sin licencias ya concedidas. Cuando lo que hace falta es empezar a facturar de inmediato o aprovechar licencias existentes, a veces sale mejor comprar un negocio en marcha.
¿Qué diferencia hay entre una sucursal y una filial?
La sucursal es una extensión de la empresa extranjera: no tiene personalidad jurídica propia y la matriz responde de sus deudas. La filial es una sociedad española con personalidad propia, participada por la matriz, que responde en principio solo con su patrimonio. La sucursal es más ligera de mantener; la filial protege mejor a la matriz y da mejor imagen ante clientes y bancos españoles.
¿Tengo que darme de alta como autónomo si soy administrador?
Depende de tu participación en el capital y de si ejerces funciones de dirección efectiva. El administrador con control efectivo de la sociedad suele quedar encuadrado en el régimen especial de trabajadores autónomos, aunque no cobre nómina. Es una de las cuestiones que revisamos antes de constituir, porque afecta al coste mensual real de tener la empresa.
¿Trabajáis fuera de Barcelona?
Sí. Estamos en Barcelona, pero constituimos sociedades para clientes de toda España y de fuera del país. El procedimiento es estatal y la mayor parte se tramita por vía telemática; solo cambia el Registro Mercantil competente y, en su caso, las licencias del ayuntamiento donde vaya a estar el domicilio o la actividad.
¿Qué gastos hay más allá de vuestros honorarios?
Los propios del procedimiento: certificado de denominación social, aranceles de notaría y de registro, y los impuestos que correspondan. Te damos el desglose por escrito antes de empezar, con los honorarios separados de los gastos de terceros, para que sepas exactamente qué vas a pagar y a quién.
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